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Ya se conoce la sanción por los incidentes en el acceso a los vestuarios

Ya se conoce la sanción por los incidentes en el acceso a los vestuarios

El Juez Disciplinario ya ha decretado la sanción por por lo sucedido tras la finalización del Osasuna-Real Sociedad y que fue denunciado por el colegiado Hernández Hernández.

Ls denuncia del colegiado indicaba que el analista de Osasuna Rubén Berrogui Baigorri se dirigió al árbitro asistente uno a voz en grito en los siguientes términos: ‘Sois unos sinvergüenzas’, repitiéndolo en repetidas ocasiones».

La seguna acción reflejada fue la de Iñigo Aitor Domeño Eguaras, responsable de explotación del club navarro. Según el acta: «De igual manera, una vez finalizado el partido y en el acceso a vestuarios, otra persona que portaba acreditación del club local, se dirigió al equipo arbitral a voz en grito en los siguientes términos: ‘Vaya puta cara que tenéis’, repitiéndolo en varias ocasiones en presencia de la Policía Nacional».

Como refleja el juez en su resolución, «Osasuna ha infringido la Disposición Duodécima, apartado 5, de las Normas Reguladoras y Bases de Competición del Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey, al permitir que personas ajenas a las permitidas en la norma accedieran al vestuario, en concreto Rubén Berrogui e Iñigo Domeño (analista y responsable de explotación del club, respectivamente).»

La norma establece que «sólo tendrán acceso a los recintos de los vestuarios, los miembros del equipo arbitral, los jugadores inscritos en acta, entrenadores, médicos, fisioterapeutas, ATS, encargados de material y los delegados de los clubes contendientes, así como las personas en posesión de licencia federativa, de la organización arbitral y autorizado por la RFEF. La presencia de cualquier otra persona podrá ser sancionada por el órgano disciplinario correspondiente».

Multa de 302 euros

A raíz de las circunstacias mencionadas, el juez resuelve que «el citado incumplimiento tiene su trascendencia disciplinaria en la tipificación descrita por el artículo 133 del Código Disciplinario, en el que se prevé multa en cuantía de hasta 602 euros, sanción pecuniaria que en el presente caso ha de modularse en su término medio, es decir, concretando el importe punitivo en la cuantía de 302 euros al haber sido dichas personas, respectivamente, autores de insultos y ofensas a los árbitros».

Written by Javier Alústiza Quintana

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